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Nuevas normas IVA intracomunitario para Julio de 2021

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Bajo la peregrina idea de "hacer la vida más sencilla y justa para todos", que significa lo mismo de siempre (más recaudación, menos dinero en manos de los ciudadanos) la UE impone nuevas reglas para la gestión del IVA en las transacciones intracomunitarias y, sobre todo, en las trasnsacciones de bienes y servicios de fuera de la UE.

 

Estas normas afectarán a todos los integrantes de la cadena de valor, desde el vendedor online hasta el consumidor, pasando por los servicios de mensajería y los marketplaces (esta es la clave, en realidad... el inmenso pastel que representan Amazon y Aliexpress).

En adelante, y en vez de tener que registrarse uno a uno en los estados miembros de la UE, bastará con estar dado de alta en uno de ellos para centralizar así su declaración trimestral de IVA, a través de la ventanilla única OSS (One-Stop Shop). Si eres un vendedor de fuera de la UE, tendrás que tener un representante en alguno de los paises de la UE que realice estos pagos en tu nombre. Si eres una plataforma, tú eres el que está obligado a gestionar ese IVA.

Se considera un nuevo límite de 10.000€ (anuales) por debajo del cual no hay que tributar en cada estado miembro (antes, 35.000 o 100.000€). Quienes presten servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y/o servicios electrónicos o bien ventas online "tradicionales", seguirán sujetos al IVA en su estado de origen. Es decir... si vendes menos de 10.000€ al año en paises de la UE que no sea donde estás radicado, seguirás pagando IVA en ese pais, y no en el pais a donde vendas. Ese límite de 10.000€ es para toda la UE (el sumatorio de todas las ventas anuales realizadas a todos los paises de la UE a donde hayas vendido).

Por encima de ese límite, deberás aplicar el tipo de IVA y las normativas al respecto de cada pais a donde vendas.

En adelante, se verás  a los marketplaces como proveedores considerados. Es decir... no importa que sean simples intermediarios o facilitadores de contacto, porque en adelante se les considera, a efectos del IVA, como los que reciben y suministran esos bienes (proveedores de bienes). Acompañando a esta nueva consideración, en adelante los marketplaces y plataformas deben asumir nuevos requisitos para mantener un sistema de registro de transacciones realizadas en la plataforma.

A partir de esa fecha, se elimina la exención de IVA para compras de hasta 22€ (básicamente, compras de libros, ropa y electrónica de fuera de la UE y especialmente China). En adelante, todas las ventas en la UE llevarán IVA. Supuestamente, habrá nuevas medidas de simplificación para ventas online de importación que no superen los 150€ y no se use el IOSS (Import One-Stop Shop). Esto hace que sea el comprador el que paga el IVA cuando recibe la mercancía en aduana (más tasas de aduana, si procede) si el vendedor no está registrado en IOSS.

¿Que hacer en adelante, si usas IOSS?

Si eres vendedor y usas IOSS deberás proporcionar información requerida para el despacho de aduanas de la UE, incluido el número de identificación IOSS. También indicar la cantidad de IVA a pagar por el comprador y garantizar su recaudación en el estado donde te radiques. Adicionalmente, asegurarte de que las compras "subvencionables" no superen los 150€ por compra, indicar los precios en euros, presentar declaraciones mensuales a través del IOSS y mantener registros de ventas durante 10 años.

Si eres plataforma y usas IOSS, deberás colaborar con el vendedor para garantizarle a las aduanas EU los datos necesarios de las transacciones (especialmente la cantidad del IVA de cada trasnsacción, cuando esta se realice)... además del resto de obligaciones que también tendrías como vendedor de esas mercancías (los que se muestran en el párrafo anterior).

Excepciones al punto anterior

Si eres vendedor online, no tendrás que cobrar IVA en tus ventas si el importe de cada paquete es mayor de 150€, porque en ese caso se cobrará el IVA cuando pase la aduana. Si vendes a través de una plataforma o marketplace, será éste quien se encargue de cobrar y liquidar el IVA en el pais de entrada.

Si eres plataforma o marketplace, no necesitas cobrar el IVA si éste se cobra en el momento de la entrada al pais y los paquetes enviados por el vendedor superan los 150€ cada uno.

Tienes más información en este PDF de la Oficina de Publicaciones de la UE, en varios idiomas:

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